Por Resolución 3/2011, la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo modificó el área de veda precautoria de otoño para la especie merluza hasta el 30 de junio, en un sector de la zona común de pesca entre la Argentina y Uruguay. La transgresión será considerada como incumplimiento grave a las normas vigentes en cada Parte.
No hay comentarios:
Publicar un comentario